martes, 30 de noviembre de 2010

Cambios fiscales para el 2.011

Algunos clientes me preguntan sobre las variaciones que van a existir a partir del 1 de Enero de 2.011 en asuntos fiscales relativos al tema de las cuentas ahorro vivienda. Uno de los más repetidos es que ocurre si se da una cantidad a cuenta para un piso en el año 2.010, pero hasta el 2.011 no se escritura. Preguntado en hacienda me contestan que la entrega a cuenta para un piso se considera igual que la compra siempre y cuando sea una vivienda nueva, es decir, una vivienda en construcción y lo que se aporte sea un dinero al promotor.

También me preguntan sobre que va a ocurrir con las cuentas ahorro vivienda. En el año 2.010 se podrá seguir haciendo las deducciones por las cantidades depositadas en las cuentas ahorro vivienda, pero a partir del año 2.011 habrá que tener en cuenta el límite pra la base imponible del IRPF de 24.107,20€, es decir que si se sobrepasa ese límite nose podrá aplicar las deducciones. En cuanto al plazo para ejecutar la compra no hay variación, continuando siendo el plazo de 4 años desde que se abrió la cuanta ahorro vivienda. De esta manera si se abrió el 8 de Febrero de 2.007, la compra deberá llevarse a cabo antes del 8 de febrero de 2.011.